miércoles, 21 de septiembre de 2016

PROCESO DE ADMISIÓN 2017

REQUISITOS DE INGRESO
Los alumnos (as) que deseen ingresar a nuestras Escuelas de Lenguaje, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.    Sobre la edad:
Los estudiantes que presenten TEL ingresarán a la escuela especial de lenguaje con tres, cuatro o cinco años cumplidos al 31 de Marzo. Los niveles educativos corresponden a Nivel Medio Mayor, Primer Nivel de Transición y Segundo Nivel de Transición.
Al respecto, el Decreto Supremo N° 332 (Ed.) publicado en enero de 2012, que determina edades mínimas para el ingreso a la educación especial o diferencial, y otras materias, especifica en su artículo 2°: “Los y las estudiantes con trastornos específicos del lenguaje podrán ingresar a las escuelas especiales de lenguaje, según las siguientes edades mínimas:
a) nivel medio mayor: 3 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo correspondiente
b) primer nivel de transición (pre-kinder): 4 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo correspondiente
c) segundo nivel de transición (Kinder): 5 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo correspondiente.

2.    Sobre la evaluación diagnóstica:

Los niños y niñas ingresarán a la escuela en el año lectivo 2017, si el procedimiento evaluativo o de reevaluación concluye en un diagnóstico de TEL Expresivo o TEL Mixto (Artículos 33 y 34 Decreto Supremo N° 170).
La evaluación diagnóstica integral de ingreso tiene como finalidad:
a.    Determinar la existencia o no del trastorno específico del lenguaje.
b.  Identificar los requerimientos y fortalezas del estudiante para enfrentar el proceso educativo.
C. Definir la mejor respuesta educativa que ofrece la escuela para que el estudiante progrese en sus aprendizajes.

  •   Sobre el procedimiento de evaluación de ingreso.

a)    Respecto de los estudiantes que ingresan por primera vez a nuestra escuela en el año lectivo 2017, se les aplicará:
  •       Una evaluación Fonoaudiológica, que incluye la aplicación de las pruebas diagnósticas mencionadas en el artículo 38 del Decreto N° 170/09.
  •       Una evaluación psicoeducativa de ingreso efectuada por nuestra Jefa de UTP Srta. Marcela Avendaño, profesora de educación diferencial.
  • ·       Un Examen de Salud realizado por alguno de los especialistas, debidamente inscritos en el registro del Servicio de salud.
  • ·     Previo a iniciar la evaluación diagnóstica integral será necesario contar con la Autorización de la Familia.

Sólo en caso que este procedimiento evaluativo concluya en la presencia de un  TEL al que se le asocien necesidades educativas especiales, entonces se podrá matricular al estudiante.

b)  Para los estudiantes que concluyen el año escolar 2016 se requerirá de una reevaluación para definir si necesitan continuar en la escuela o no, al respecto será necesario aplicar:
  •          Una evaluación Fonoaudiológica que dé cuenta de la evolución del TEL con los apoyos especializados. La información resultante debe registrarse en un informe Fonoaudiológico.
  •          Una evaluación psicopedagógica o psicoeducativa efectuada por la docente del nivel, que informe de los progresos y dificultades evidenciados durante el año, teniendo como referente las Bases Curriculares de Educación Parvularia.
  •        Si del proceso anterior resultare que el estudiante está en condiciones de egresar por haber superado el TEL, orientaremos al apoderado respecto de la continuidad escolar en otro establecimiento y sin excepción alguna deberá abandonar la escuela.
  •      En cambio, si producto de este proceso se llega a la conclusión que el estudiante requiere continuar en la escuela especial de lenguaje porque aún persiste el TEL y existen necesidades educativas especiales, se procederá a matricular al niño o niña para el año lectivo siguiente.


PROCEDIMIENTO PARA INCORPORACIÓN DE ALUMNOS NUEVOS A LA ESCUELA ESPECIAL DE LENGUAJE EL CASTILLO DE IGNACIA Y EL CASTILLO DE VICENTE

1ª Fase: INSCRIPCIÓN ESCUELA: Lo primero es la inscripción personalmente del niño o la niña, en una de las escuelas, para ello deberá presentar certificado de nacimiento.  De esta forma y en orden de inscripción, será citado para evaluación fonoaudiológica.

2ª Fase: EXÁMENES FONOAUDIOLÓGICOS EN LA ESCUELA: El postulante rendirá un examen fonoaudiológico, cuyo propósito es dar cuenta de la presencia de un trastorno específico de lenguaje.

3ª Fase: MATRICULA: Una vez entregado el resultado del examen fonoaudiológico, los apoderados harán la matrícula del niño o niña, llenando la ficha respectiva.


*TODAS LAS FASES SON COMPLETAMENTE GRATUITAS.


FECHAS, CUPOS Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS

A partir del primer día hábil de julio se abre la inscripción para los cupos disponibles, cerrándose una vez completas las vacantes disponibles por curso.

La capacidad total del establecimiento “Escuela de Lenguaje El Castillo de Ignacia”  es de:

Medio mayor: 33 vacantes
Primer Nivel de Transición: 5 vacantes
Segundo Nivel de Transición NO hay vacantes excepto si un alumno antiguo se retira, se pueden inscribir en lista de espera por una posible vacante.

La capacidad total del establecimiento “Escuela de Lenguaje El Castillo de Vicente”  es de:

Medio mayor: 24 vacantes
Primer Nivel de Transición: 5 vacantes
Segundo Nivel de Transición: NO hay vacantes excepto si un alumno antiguo se retira, se pueden inscribir en lista de espera por una posible vacante.

Horario de atención en Admisión:
Lunes a viernes 09:00 a 13:00 hrs. Castillo de Vicente
Lunes a viernes 15:00 a 17:00 hrs. Castillo de Ignacia

El Colegio sólo llamará en el caso que se produzca una vacante y en orden de inscripción para evaluación fonoaudiológica. 

martes, 17 de mayo de 2016

REGLAMENTO INTERNO

REGLAMENTO DE EVALUACIÓNESCUELA ESPECIAL DE LENGUAJE“EL CASTILLO DE VICENTE”2016

PRESENTACIÓN

El presente Reglamento de Evaluación, de la Escuela Especial de Lenguaje “El Castillo de Vicente” de Rancagua, se basa en lo dispuesto en la normativa vigente referida exclusivamente a evaluación, de tal manera, que en él se ha considerado la evaluación de todos nuestros alumnos, en los términos que a continuación se detallan:

Apruébense las siguientes disposiciones sobre Evaluación para todos los alumnos, a partir de Marzo del año 2016, en la Escuela Especial de Lenguaje de “El Castillo de Vicente” de Rancagua.

Este Reglamento de Evaluación, fue dado a conocer oficialmente a la comunidad educativa el día  de Marzo de 2016, entregándose copia de este documento al Centro de Padres de la Escuela Especial de lenguaje “­­­­­­­ El Castillo de Vicente”, y Dirección Provincial de Educación de Cachapoal.


DISPOSICIONES:


EDUCACION ESPECIAL DE LENGUAJE

CAPÍTULO 1.-  DISPOSICIONES SOBRE APLICACIONES EVALUATIVAS EN PÁRVULOS


Artículo 1.- Todo alumno que sea matriculado en esta Escuela debe tener una evaluación actualizada de un Fonoaudiólogo que establezca su ingreso a un establecimiento de esta naturaleza.

Artículo 2.- La Educadora aplicará una serie de instrumentos evaluativos y técnicas centradas en la observación individual o grupal de los niños y que puedan ser más abiertas o más estructuradas. Entre esta serie de instrumentos se mencionan: registros anecdóticos, escalas de apreciación, listas de cotejos, portafolios

Artículo 3.- De acuerdo a las Bases Curriculares y Orientaciones del nivel, la Educadora de Párvulos evaluará a sus niños de acuerdo a la siguiente tabla de conceptos: Logrado, Por Lograr y No Logrado  y en cada una de las áreas que contemplan los respectivos programas del nivel.

Artículo 4.- Los procedimientos evaluativos involucran también la participación de diferentes agentes educativos, en ciertas instancias (Familia).

Artículo 5.- Además de evaluar los aprendizajes esperados de los párvulos, la Educadora debe evaluar su planificación, los espacios educativos, la organización del tiempo, las metodologías empleadas y los recursos.



CAPÍTULO 2: DISPOSICIONES SOBRE REGISTROS EVALUATIVOS EN PÁRVULOS


Artículo 6.-  Se registrará en planillas los resultados de las evaluaciones que se vayan obteniendo del proceso educativo, y comunicados a sus padres en reuniones periódicas acordadas. (Pautas de Evaluación de los Aprendizajes Esperados para 1er y 2º nivel de Transición).

Artículo 7.-  Se incentivará permanentemente, a los niños y niñas que logren los aprendizajes esperados a través de la autoevaluación y la coevaluación.
Artículo 8.-  A fines de cada período escolar se entregará a los apoderados un informe a la Familia,  conteniendo las apreciaciones evaluativas que se han hecho, durante el período, a cada párvulo. (1º, 2º y 3º trimestre).

Artículo 9.-  La Educadora debe mantener en forma sistemática y permanente un registro descriptivo de los procesos de avance de cada uno de sus niños.

Artículo 10.- Al término del año escolar cada párvulo recibirá un Informe Educacional,  conteniendo los antecedentes sobre sus aprendizajes.

CAPÍTULO 4:   DISPOSICIONES SOBRE CONCEPTUALIZACIONES DE EVALUACIÓN


Artículo 11.-  La evaluación la definimos como parte “inseparable de cada situación de aprendizaje”. Da la oportunidad de verificar los progresos y detectar errores, considerándolos como señales sobre el cómo los alumnos entienden, descubren o se bloquean, lo que permite hacer ajustes a la planificación y práctica del docente.

Artículo 12.- Evaluaremos conocimientos, habilidades, competencias y actitudes priorizadas por el marco curricular y que se expresan, en forma específica, en los Aprendizajes Esperados, de los programas del Mineduc.

CAPITULO 5: DISPOSICIONES SOBRE PERÍODOS DE EVALUACIÓN

Artículo 13.- La escuela ha establecido un régimen trimestral, de modo que en el año escolar se distinguirán claramente tres instancias de evaluación, una en cada trimestre, para finalmente, determinar, de las tres, cuál será la situación final de todos los alumnos de la escuela.
Artículo 14.-  La escuela aplicará al inicio del período escolar evaluaciones diagnósticas para determinar los niveles en que se encuentran los alumnos y sobre esta base de resultados planificar la enseñanza y su evaluación.

Artículo 15.-  Se establece que una vez en cada trimestre se apliquen pruebas a todos los cursos para determinar cobertura alcanzada en aprendizajes esperados y detectar debilidades en el proceso de enseñanza-aprendizaje y poder realizar oportunamente las acciones remediales pertinentes.

Artículo 16.-  La aplicación de estas pruebas se hará de acuerdo a programación y organización de este evento evaluativo, cuyos resultados exitosos podrán ser registrados en los libros de clases, si hay acuerdo al respecto, no así los desfavorables o insuficientes.  

CAPÍTULO 6: DISPOSICIONES SOBRE FORMAS DE EVALUAR:

Artículo 17.-  Se aplicará al inicio de cada período escolar o tema nuevo una evaluación inicial -  diagnóstica para determinar el punto de partida para estos aprendizajes.

Artículo 18.-  Se aplicará, permanentemente una evaluación formativa, para ir detectando debilidades en los aprendizajes y poder de inmediato realizar acciones remediales (retroalimentación).

Artículo 19.-  Se aplicará, en períodos claramente establecidos y comunicados, a los alumnos evaluaciones sumativas - acumulativas, que se registrarán en los libros de clases de los cursos.
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CAPÍTULO 7: DISPOSICIONES SOBRE DESARROLLO DEL PROCESO EVALUATIVO


Artículo 20.-  El proceso de evaluación debe ser planificado a principios del año escolar en coherencia con el subsector respectivo, o sea, distribuir los momentos de evaluaciones sumativas en el trimestre y el tipo de instrumento evaluativo que se aplicará.

Artículo 21.-  Existirá una evaluación diferenciada para aquellos alumnos que la requieren, con un estudio previo de cada caso, si amerita o no este tipo de evaluación y una confirmación escrita por parte del apoderado.

Artículo 22.- A los alumnos de educación diferenciada se les aplicarán estrategias adaptadas a su nivel, con predominio de material concreto, apoyo visual y auditivo, con ítemes precisos en cantidad y calidad.

Artículo 23.-  En los talleres de reflexión pedagógica se expondrán situaciones evaluativas que no están logrando los resultados esperados, para que entre todos los profesores participantes, determinen estrategias que superen estas deficiencias, o irregularidades.

Artículo 24.- Se procurará evaluar dentro de contextos significativos, evitando evaluar subdestrezas aisladas que no reflejen un real dominio de los aprendizajes que se establecen en las Bases Curriculares

CAPÍTULO 9: DISPOSICIONES SOBRE TIPOS DE EVALUACIÓN


Artículo 25.-  Se identificarán 3 tipos de evaluación, desde la perspectiva de quien evalúa:
-          Heteroevaluación: evaluación que realiza una persona respecto a otra.
-          Autoevaluación : evaluación personal de sus propias acciones
-          Coevaluación: evaluación mutua que hacen los integrantes de un. grupo de trabajo.
-           
Artículo 26.-  Para medir los aprendizajes alcanzados el profesor utilizará a lo menos, tres tipos de instrumentos evaluativos distintos, como una manera de apoyar y pesquisar de mejor manera el aprendizaje de los alumnos.

CAPÍTULO 11: DISPOSICIONES SOBRE COMUNICACIÓN DE RESULTADOS


Artículo 27.-  El profesor debe informar, una vez al mes, de los avances o estancamiento de sus alumnos. Además de esto entregar a los padres recomendaciones y advertencias, según se den los casos.

Artículo 28.-  Los resultados de toda evaluación realizada a los alumnos deben ser conocidos por ellos, oportunamente y registrados en el Libro de clases a más tardar 5 días después de su aplicación.

Artículo 29.-  Cuando un alumno está mostrando resultados deficientes, la profesora enviará al hogar una nota al respecto, ya sea en un cuaderno del alumno o en una hoja especialmente dispuesta para el caso.

Artículo 30.-  Los resultados de las pruebas de diagnóstico deben registrarse en la página de registro evaluativo de los distintos subsectores de aprendizaje que contienen los libros de clases.

Artículo 31.-  Al término de cada semestre, cada alumno debe tener, en su hoja de vida, a lo menos un juicio evaluativo de su desempeño escolar, el cual también debe ser registrado en el informe que se entrega.

CAPÍTULO 13: DISPOSICIONES SOBRE CERTIFICACIONES


Artículo 32.-  La escuela entregará, de acuerdo a períodos establecidos, informes escritos de evaluaciones y observaciones que el alumno ha tenido durante ese tiempo. Este informe una vez conocido por el apoderado debe volver a la Educadora del curso respectivo.

Artículo 33.-  Al término del año escolar cada alumno recibirá un certificado conteniendo sus evaluaciones finales.

Artículo 34.-  Al término del año escolar cada alumno recibirá un Informe sobre su comportamiento

CAPÍTULO 15:   DISPOSICIONES SOBRE CASOS ESPECIALES


Artículo 35.-  La Directora podrá autorizar la finalización anticipada del año escolar a los alumnos que se encontrasen en las siguientes situaciones: enfermedad y accidente grave.

Artículo 36.-  Cualquier situación no decretada o no considerada en estas disposiciones será resuelta por la Directora de la escuela con la asesoría de la coordinación técnica y Educadora o profesoras involucradas.

Artículo 37.-  Cuando un alumno procede de otro establecimiento educacional a mediados de año o a finales del mismo él o los profesores pertinentes al caso, buscarán una salida que no perjudique al alumno y pueda finalizar su año escolar normalmente.


lunes, 18 de abril de 2016

TRANSPORTE ESCOLAR

El servicio de Transporte Escolar consta del traslado de los alumnos desde sus domicilios hasta sus respectivos establecimientos educacionales y viceversa. Este servicio será remunerado por quien lo adquiera, mediante un precio previamente acordado con el establecimiento educacional o con los padres y/o apoderados de los alumnos.
Existe un listado que se denomina Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, cuyo propósito es mantener un catastro público y obligatorio de los antecedentes de quienes prestan este servicio en cada una de las regiones y de las características de los vehículos que emplean. 
El propósito de esta iniciativa es dar tranquilidad a madres, padres y apoderados que contraten el servicio de transporte escolar, para los proveedores de este servicio es obligatorio estar inscrito en el Registro. (No hacerlo será considerado una infracción gravísima a la ley Nº 18.290 del tránsito). Para conocer el registro ingresa a http://apps.mtt.cl/consultaweb/

Es importante señalar que Las Escuelas de lenguaje "El Castillo de Ignacia y Vicente" no tiene acuerdo alguno con transportistas escolares, por lo que invitamos a nuestros padres y apoderados a informarnos de quien lleva y trae a su niño, para que de esta forma podamos revisar si cumple con la normativa y esta debidamente calificado para realizar esta labor tan primordial.

REQUISITOS

-Quien conduzca debe portar una ficha identificadora con sus datos personales y poseer licencia profesional clase A.
-El vehículo debe ser amarillo y portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda escolares. Deben contar con una luz estroboscópica de seguridad y ventanas a ambos lados.
-Toda la documentación del vehículo debe encontrarse vigente (revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación y seguro obligatorio).
-La revisión técnica debe indicar la capacidad máxima de pasajeros, cifra que debe ser informada al interior del vehículo y respetada por el conductor.
-La antigüedad máxima para estos vehículos es de 14 años.
-Los asientos del vehículo deben ir hacia el frente y con un respaldo igual o superior a 35 cms.
-El tiempo de viaje desde y hacia el colegio no debe superar los 60 minutos.
-Si el transporte escolar, lleva más de 5 niños de educación parvularìa, el conductor debe ir acompañado de otro adulto.

Si usted desea constatar irregularidades en servicios de transporte escolar, puede hacer sus denuncias al fono 143 
Carabineros nos aconseja:

domingo, 17 de abril de 2016

SUSPENSIÓN DE CLASES

Por decisión del equipo directivo, debido al frente de mal tiempo que afecta a nuestra ciudad y pensando en la seguridad e integridad de nuestros niños y niñas, padres y apoderados y por supuesto de nuestro personal, hemos decidido suspender las clases el día de mañana lunes 18 de abril, para las dos escuelas "El Castillo de Ignacia y El Castillo de Vicente". 
Les agradeceré difundir esta información entre sus amigos. 
Cabe señalar que esta decisión es independiente a la tomada por las autoridades, por lo que en el futuro les indicaremos el día de recuperación de clases.
Esperando que esta medida les de tranquilidad, les saluda cordialmente,

Claudia Droguett L.
Directora

domingo, 10 de abril de 2016

Nuestro Castillo de Ignacia









Nuestro Castillo de Vicente

Nuestra hermosa fachada


Sala de medio mayor 






Sala pre kinder

sa








Bañitos para nuestros príncipes y princesas

Sala de Fonoaudiología 

TALLER PARA PADRES

"La experiencia demuestra que para mejorar la educación de nuestros hijos son fundamentales el compromiso y la participación de la familia".
La educación sólo puede realizarse plenamente cuando la familia y la escuela trabajan juntas. La familia, como medio natural de desarrollo del hombre, y la escuela, como institución social encargada específicamente de educar deben cooperar en forma conjunta, a favor, siempre, de niños y niñas.



















NUESTRAS ESCUELAS: MISIÓN Y VISIÓN



MISIÓN:  Ser una escuela centrada en desarrollar habilidades lingüísticas en nuestros estudiantes para lograr competencias que les permitan incorporarse a la enseñanza regular a la brevedad posible, teniendo en cuenta que son personas con necesidades educativas transitorias. Buscamos ofrecer calidad profesional y humana, que atienda a niños y niñas en edad preescolar que presenten Trastornos Específicos del Lenguaje en un ambiente acogedor y de respeto, que integre activamente a la familia permitiéndole al niño y niña superar su trastorno, ya que propiciamos que esta sea un ente activo dentro de la educación de sus hijos.
VISIÓN: Visualizamos nuestra escuela, como una institución comprometida con los principios que inspiran a la educación diferencial y que se refieren a brindar asistencia integral a las necesidades educativas especiales de carácter transitorio de los niños y niñas que presentan trastornos específicos del lenguaje (TEL); para ello realizaremos un trabajo interdisciplinario de estimulación lingüística y cognitiva, propiciando de esta forma un adecuado desempeño social, familiar y escolar.  Fomentando sólidos valores cristianos y gran espíritu solidario, dedicada a prestar atención, fomentar y guiar a los niños en su crecimiento como seres humanos responsables, sociales y ecológicamente conscientes, que se respeten a sí mismos y a sus semejantes. Capaces de expresar y respetar las emociones de quienes le rodean, estableciendo relaciones basadas en el amor y el respeto mutuo.

MISIÓNSer una escuela de calidad profesional y humana, que atienda a niños y niñas en edad preescolar que presenten Trastornos Específicos del Lenguaje en un ambiente acogedor y de respeto, que integre activamente a la familia permitiéndole al niño y niña superar su trastorno e integrarse de manera positiva y plena a la educación regular y a la sociedad en general.Brindar una educación de calidad a párvulos con Trastornos Específicos de Lenguaje a través de la atención fonoaudiológica y pedagógica especializada, desarrollando las habilidades  que favorezcan el potencial de aprendizaje y desarrollo de nuestros alumnos y alumnas complementadas con una formación valórica, permitiéndoles integrarse en forma óptima al sistema de educación regular.

VISIÓN: Considerando el propósito de la Educación Especial, “de potenciar y asegurar el cumplimiento del principio de equiparación de oportunidades de aquellos niños, niñas y jóvenes que presentan necesidades educativas especiales en todos los niveles y modalidades del sistema escolar, a través de un conjunto de medidas pedagógicas y de recursos humanos, técnicos y materiales, puestos a su disposición”  se crea la Escuela Especial de Lenguaje “El castillo de Ignacia”Visualizamos nuestra escuela, como una institución de sólidos valores cristianos y gran espíritu solidario, dedicada a prestar atención, fomentar y guiar a los niños en su crecimiento como seres humanos responsables, social y ecológicamente conscientes, que se respeten a sí mismos y a sus semejantes. Capaces de expresar y respetar las emociones de quienes le rodean, estableciendo relaciones basadas en el amor y el respeto mutuo.